Francisco Guardeño RoldanLAS COMUNIDADES EUROPEAS
En la conferencia de Messina los seis Estados fundadores de la CECA decidieron proseguir su trabajo allí donde había comenzando la CECA, es decir, en el ámbito económico, rebajandose de esta manera las espectativas de una pronta unión política. Esta postura supuso, sin embargo, un acercamiento a la realidad europea de esa época. En marzo de 1957 se firmaron los Tratados constitutivos de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA) y de la Comunidad Económica Europea (CEE). Los éxitos iniciales propiciaron que a comienzos de los 60 se acometiera de nuevo el objetivo de la unión política. Se creó un Comité a tal efecto para crear un Estatuto político para una Unión de los Pueblos Europeos. Pero las contradicciones y rigideces de los estados dejaron el proceso en punto muerto, sancionandose institucionalmete en la Conferencia del 17 de abril de 1962. En los años de construcción de la CE, hubo una notable ausencia de iniciativas de aproximación al objetivo político. Sin embargo, a finales de los años sesenta volvieron a aparecer nuevos impulsos hacia la unificación política. Sobre la base del encargo de realizar progresos en el ámbito de la unificación económica y política de Europa se proclamó en las conferencias de París de 1972 y 1974 la creación de una Unión Europea como instrumento y como nuevo objetivo de la unificación europea. Se sintetizó una concepción común de una Unión Europea con las diferentes concepciones que previamente habían manifestado en sus respectivos informes la Comisión, el Parlamento Europeo, el Tribunal de justicia ríe las Comunidades Europeas y el Comité Económico y Social. Así mismo se elaboró un informe en donde se decía que la realización de la Unión Europea deberia quedar cerrada antes del año 1980 mediante la implantación de una unión económica y monetaria, la reforma de las instituciones de la CE, el ejercicio de una política exterior común, y la práctica de una política regional y social común. Este objetivo tan alto no pudo encontrar realización en ese plazo debido a que entre los Estados miembros persistieron notables diferencias de opinión acerca de la estructura constitucional de la Unión Europea y acerca de las reformas necesarias del sistema institucional. Francisco Guardeño RoldanManagement Solutions |
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